Principales datos y novedades LOPD 2018

El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (GDPR) entra en vigor el 25 de mayo de 2018

martes, 15 de mayo de 2018
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El nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos fue aprobado en mayo del pasado año 2016 y entra en vigor el 25 de mayo de 2018.
Se conoce como GDPR, Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea.
¿Quiénes están obligados a cumplir con ella?
Este Reglamento se aplica todas aquellas entidades que traten datos de carácter personal que se encuentren dentro de la Unión Europea.También se aplicaran a responsables y encargados no establecidos en la UE siempre que traten datos como consecuencia de una oferta de bienes o servicios destinados a ciudadanos de la Unión.
Como ocurre con la actual norma, tanto empresas, autónomos, profesionales, entes públicos y cualquiera que por su actividad realice tratamientos de datos, ya sean estos por su cuenta propia o a través de terceros.
Objetivos: permitir a los ciudadanos un mejor control sobre sus datos personales y generar mayor confianza a los consumidores europeos que realicen compras online en diferentes estados de la unión.
Principales novedades:
1.   Nuevos derechos de los ciudadanos. Principales:
a.    Derecho de supresión o derecho al olvido, (art. 17). Cualquier persona tendrá derecho a que su información personal sea eliminada de los proveedores de servicios de Internet cuando lo desee, siempre y cuando quien posea esos datos no tenga razones legítimas para retenerlos.
b.   Derecho de portabilidad, (art. 20). El interesado podrá obtener, descargar o recibir sus datos personales así como transmitirlos de una entidad a otra, sin necesidad de intermediarios ni de que le sean entregados a él mismo. En definitiva, el titular de los datos personales podrá transmitirlos directamente de un responsable del tratamiento a otro.
 
2.   Ampliación del deber de información
El usuario debe tener totalmente claro con qué finalidad proporciona sus datos a la empresa. Se exige la obligación de informar sobre:
·         se tiene que explicar la base legal para el tratamiento de los datos
·         se debe informar acerca del periodo de conservación
·         se debe informar acerca de la posibilidad de hacer reclamaciones
·         se debe informar de los demás derechos que incorpora el nuevo RGDP
 
 
3.   Cambios en la obtención del consentimiento
El Reglamento pide que el consentimiento, con carácter general, sea libre, informado, específico e inequívoco. Como novedad, el nuevo GDPR indica que para poder considerar que el consentimiento es inequívoco, deberá existir una declaración del interesado o una acción positiva que manifieste su conformidad.
 
4.   Delegado de protección de datos
Nueva figura. El DPO se encargará de la planificación de las medidas de seguridad aplicables a los tratamientos de datos. así como la gestión de los mismos.
Esta figura no es obligatoria para todas las organizaciones: solo tendrán que contar con un delegado las empresas públicas, las que tengan un tratamiento a gran escala o las que recojan datos especialmente sensibles o relativos a condenas o infracciones penales.
 
 
5.   Notificación de violaciones de seguridad
La nueva normativa exige que las violaciones en la seguridad que puedan afectar a los datos personales sean notificadas en un plazo máximo de 72 horas a la Autoridad de Control correspondiente (Agencia Española de Protección de Datos).
 
Si además si en esa violación se pueden ver afectados datos de carácter sensible y con gran repercusión a los afectados, también se lo deberá notificar a estos mismos.
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